DHS exime ciertas leyes para acelerar construcción del muro fronterizo en Nuevo México
Publicado 02/10/2026Vigencia 02/10/2026
El Secretario de Seguridad Nacional determinó, conforme a la sección 102 de la IIRIRA, que se eximirán ciertos requisitos legales federales y estatales para permitir la construcción acelerada de barreras y caminos fronterizos en un tramo de Nuevo México dentro del Sector El Paso. La determinación entró en vigor el 2 de octubre de 2026.
Puntos clave
- El DHS invocó su autoridad bajo la sección 102(c) de la IIRIRA para eximir requisitos legales relacionados con la construcción de barreras físicas y caminos.
- La exención aplica a un área de proyecto en Nuevo México entre los Monumentos Fronterizos 71, 53, 40 y 1.
- Las disposiciones exentas incluyen una ley federal sobre derechos de agua, el Código de Aguas de Nuevo México y reglamentos administrativos relacionados.
- El DHS citó más de 1.24 millones de aprehensiones y decomisos significativos de drogas en el Sector El Paso entre el año fiscal 2021 y agosto de 2026 como justificación.
- La determinación no afecta ni revoca otras exenciones previas emitidas bajo la sección 102.
A quién afecta
Afecta a propietarios de tierras, titulares de derechos de agua y autoridades locales en el área del proyecto dentro del Sector El Paso en Nuevo México.
Qué hacer
No se requiere ninguna acción por parte de solicitantes de visa o peticionarios de inmigración, ya que este aviso se refiere a la construcción de infraestructura fronteriza y no a trámites de visas o beneficios migratorios.
Título original: Determination Pursuant to Section 102 of the Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsibility Act of 1996, as Amended
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